SOLA & RODRIGUEZ ABOGADOS CONSIGUE NUEVAMENTE SOBRESEER UNA EJECUCIÓN HIPOTECARIA AL DECLARASE LA NULIDAD DE LA CLÁUSULA DE VENCIMIENTO ANTICIPADO

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Melilla ha dictado un auto por el que, estimando la oposición planteada por SOLA & RODRIGUEZ ABOGADOS, declara la nulidad por su carácter abusivo de las cláusulas sobre intereses moratorio y vencimiento anticipado de un préstamo hipotecaria otorgado por una entidad financiera, y consiguientemente, decreta el sobreseimiento de la ejecución despachada contra los prestatarios.

Con relación a la cláusula de intereses moratorios, el Juzgado expresa que “debe declararse abusiva la citada cláusula por cuanto el pacto de diez puntos porcentuales adicionales al interés remuneratorio pactado debe considerarse una indemnización desproporcionadamente alta que desborda la función indemnizatoria o resarcitoria y disuasoria que cumplen los intereses de demora.

Y respecto a la cláusula de vencimiento anticipado, la resolución judicial afirma que esta facultad resolutoria, prevista exclusivamente para los casos en los que el incumplimiento tiene carácter suficientemente grave con respecto a la duración y a la cuantía del préstamo, no se puede aplicar por el impago de cualquier cuota o por un incumplimiento calificado como no grave.

Por tanto, con arreglo a estas consideraciones, la ejecución hipotecaria ha sido sobreseída.